Micelio
Auto3 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Martha Edilma Tamayo Escobar Y Otros·Demandado Agencia Nacional De Mineria Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Jericó, el Juzgado 19 Administrativo Oral del Circuito de Medellín y la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad.

Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente en la medida en que los dos primeros despachos mencionados aplicaron las reglas de reparto previstas por el Decreto 333 de 2021 para apartarse del conocimiento de la tutela.

Ambas autoridades fundaron sus decisiones en un razonamiento sobre las cualidades de las accionadas y su connotación para efectos el reparto, como uno de los factores determinantes para no asumir el conocimiento de la solicitud de amparo.

Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Jericó, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.

A los dos operadores jurídicos mencionados se les advirtió que, lo sucesivo, se deben abstener de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 23 de febrero de 2024, proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Jericó, en el marco de la acción de tutela promovida por Martha Edilma Tamayo Escobar, Argiro de Jesús Tobón Tamayo, Fanny del Carmen Bohórquez Cardona, Juan Carlos Salinas Robledo, Juan Carlos Gaviria Cardona y Luz Dary de Jesús Tobón Tamayo en contra de la Agencia Nacional de Minería, la Gobernación de Antioquia, Corantioquia, el Servicio Geológico Colombiano, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Minas y Energía, la Alcaldía de Jericó y la Alcaldía de Támesis.
  2. Segundo. REMITIR el expediente ICC-4626 al Juzgado Promiscuo Municipal de Jericó, para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión a la que haya lugar.
  3. Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Jericó y al Juzgado 19 Administrativo Oral del Circuito de Medellín para que, en lo sucesivo, se abstengan de rechazar la competencia de acciones de tutela con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 333 de 2021, para no incurrir en actuaciones que constituyan barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar, así, el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. Cuarto. Por Secretaría General, COMUNICAR a la parte actora, al Juzgado 19 Administrativo Oral del Circuito de Medellín y a la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín la decisión adoptada mediante esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.